viernes, 31 de julio de 2015

25/7/2015 Responsabilidades y Atributos del Auditor Gubernamental


El Auditor Gubernamental es el profesional que posee entrenamiento y experiencia en los campos de contabilidad y auditoria y que en representación del Órgano Superior de Control, efectúa el control externo gubernamental en las instituciones.

Las cualidades personales y las responsabilidades del auditor gubernamental son similares a aquellas aplicables a los auditores del sector privado. Sin embargo, la responsabilidad pública alcanza al auditor gubernamental por la naturaleza de su función. En este sentido, el auditor gubernamental no solo es responsable ante la entidad a la que presta servicios, en este caso la Contraloría General de Cuentas, sino que su responsabilidad se extiende a la sociedad civil, que espera acciones efectivas, eficientes y honestas, por parte de quienes según el mandato de la Ley están llamados a verificar la transparencia y corrección en el manejo de los recursos públicos.

Los atributos del auditor gubernamental constituyen requisitos que caracterizan la capacidad e idoneidad del auditor para ejercer auditorias gubernamentales.

Capacidad Técnica y Profesional

Norma 2.1: El auditor interno gubernamental debe poseer la capacidad técnica, experiencia y competencia profesional necesarios para la ejecución del trabajo. La capacidad técnica está constituida por el entrenamiento y preparación a que ha sido sometido el auditor en la metodología, procedimientos, y técnicas de auditoría y la actualización continua, así como el desarrollo de las habilidades y destrezas necesarias para efectuar trabajos de auditoría con alto grado de calidad.

La capacitación técnica del auditor interno gubernamental trasciende los límites del conocimiento sobre contabilidad y auditoría. El auditor interno gubernamental debe adquirir conocimientos sobre administración financiera gubernamental, función y estructura de las entidades gubernamentales, políticas del gobierno que involucran a la entidad a la que presta sus servicios, entorno legal y jurídico, y debe tener además un dominio avanzado del idioma que le permita comunicarse verbalmente en forma efectiva y escribir sus informes con claridad, energía y convencimiento.

La contraloría general de cuentas cuenta con el centro de profesionalización Gubernamental, CEPROG, unidad encargada de brindar capacitación continua a los auditores internos gubernamentales, a fin de actualizar sus conocimientos y  de esta manera incrementar su eficiencia y productividad individual. Los auditores internos gubernamentales deben por su lado, procurar su propia educación continua, asistiendo a seminarios, conferencias, foros, cursos y programas de entrenamiento y participación en actividades de investigación sobre asuntos de su especialidad.

Independencia
Norma 2.2: El auditor interno gubernamental debe adoptar una actitud de independencia de criterio respecto a los hechos examinados, para evitar que se cuestione su integridad y objetividad.

La independencia de criterios es la cualidad que permite apreciar que los juicios formulados por el auditor estén fundados en elementos objetivos de los asuntos materia de examen. El auditor debe tener en cuenta que su independencia debe estar libre de cualquier cuestionamiento. En este sentido, de abstenerse de participar en cualquier auditoria en caso exista incompatibilidad o conflictos de intereses manifiestos. El auditor debe estar libre de impedimentos personales y profesionales para garantizar una labor imparcial y objetiva en la entidad auditada. Como regla general, el auditor interno gubernamental se encuentra impedido de participar en la ejecución de auditorías en entidades donde haya laborado anteriormente y que comprendan áreas o asuntos en los cuales intervino o participo en forma directa o indirecta.

El auditor interno gubernamental no debe recibir beneficios en cualquier forma, para sí o para otro, de parte de las entidades auditadas o provenientes de personas vinculadas a dicha entidades.
El auditor Gubernamental no debe realizar actividades no debe realizar actividades políticas partidarias durante el tiempo en que dure su nombramiento como tal. Tampoco debe emitir opinión, ni intervenir o participar en actos de decisión, gestión o administración de la entidad en la cual realiza su examen.

Cuidado y Esmero Profesional:
Norma 2.2: El auditor interno gubernamental debe actuar con el debido cuidado y esmero profesional durante todo el proceso de la auditoria.

El debido cuidado y esmero profesional significa emplear correctamente el criterio para determinar el alcance de la auditoria y para seleccionar los métodos, procedimientos y técnicas de auditoría que debe aplicarse. El debido cuidado también se relaciona con la responsabilidad del auditor para cumplir con las normas de auditoría Gubernamental.

Implica además que el auditor, utilizando su buen juicio, aplique correctamente las pruebas y demás procedimientos de auditoría y evalué los resultados para la formulación del informe correspondiente. La supervisión adecuada y el entrenamiento permanente contribuyen también a lograr un nivel adecuado de desarrollo de las habilidades profesionales y a desarrollar un juicio profesional acorde con las circunstancias.

Corresponde a los niveles jerárquicos superiores de cada entidad, vigilar y promover que los auditores internos gubernamentales mantengan una conducta funcional y un desempeño acorde con las normas que regulan el control gubernamental, y establecer los mecanismos para aplicar las medidas correctivas  necesarias en caso se detecten conductas inapropiadas por parte de los
auditores internos gubernamentales
.
Confidencialidad (Norma 2.4)
El auditor interno debe mantener la reserva necesaria respecto a la información que conozca en el transcurso del proceso de la auditoria Esto implica estricta reserva respecto al proceso y los resultados de la auditoria los hechos datos y situación que sean de conocimientos debido al ejercicio de su actividad profesional. La confidencialidad subsiste aun después de cesar, los
auditores internos gubernamental en sus funciones.

Objetividad (Norma 2.5)

El auditor debe actuar con objetividad durante el proceso de la auditoria, no debe influenciar por el perjuicio las opiniones o presiones de terceros y todo aquello que debe imponerse sobre imparcialidad. La integridad, es un factor a la objetividad del auditor, e implica una actitud recta y honesta al realizar su trabajo.

Conducta Funcional del Auditor Interno Gubernamental
Implica la observancia de una línea de conducta intachable e impecable, es un factor esencial para el trabajo de auditoría, debe observar las reglas de conducta.

Eficiencia en el manejo y utilización de la auditoría interna gubernamental.
Esto implica una gran responsabilidad respecto a los recursos humanos que son necesarios para efectuar dichas auditorias, se requiere un eficiente manejo de personal disponible para la ejecución y conducción de los esfuerzos que debe orientar los recursos y capacidades disponibles. Programas o actividades que representan un cierto grado de materialidad, en que se pueden lograrse mejoras

Utilización de Especialistas en la Auditoría Gubernamental

La naturaleza y complejidad de ciertas operaciones de las entidades públicas, requieren la participación de especialistas distintos a profesionales de la contabilidad y auditoría, La participación del profesional especialista debe limitarse al tiempo mínimo establecido y los resultados de su labor deben ser parte integrante del informe de auditoría.

Detección De Irregularidades o Actos Ilícitos
Los procedimientos de auditoría deben ofrecer garantía razonable para la detección de errores, irregularidades y actos ilícitos que pudieran incidir directa y sustancialmente sobre los valores que figuran en los estados financieros o sobre los objetivos de la auditoría

Reconocimiento de Logros Notables de la Entidad
Generalmente en los informes de auditora se incluyen los progresos alcanzados por las entidades en la implementación de recomendaciones derivadas de auditoría anteriores.


Hablar bien de los controles gerenciales o controles internos financiero de la entidad examinada en los informes de auditoría gubernamental, no es una tarea fácil por el contexto en que se desarrolla. Cuando se aborda el tema del reconocimiento de logros notables (anteriores se denominaban declaraciones compensatorias) en los informes, empiezan las preocupaciones, principalmente, en los auditores gubernamentales de gran experiencia. Debido a que lo reportado en el informe podría ser malinterpretado, por quienes tienen particular interés en realzar su gestión en cualquier entidad o dependencia del estado.

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