domingo, 8 de noviembre de 2015

31-10-2015 Dictamen con opinión Negativa o Adversa

Dictamen con opinión Negativa o Adversa
Se emite una opinión negativa cuando el efecto del desacuerdo es tan importante y penetrante en los estados financieros que el auditor concluye que una salvedad del tipo "excepto por" o "sujeto a" en su dictamen no es adecuada para revelar la naturaleza engañosa o incompleta de los estados financieros.

La opinión negativa o adversa que implica que los estados financieros no representan en forma razonable la realidad económica de la empresa. De manera alguna el auditor debe reemplazar la opinión negativa por una abstención de opinión, pues violaría la objetividad que le debe caracterizar. Sin embargo, el auditor está obligado a sugerir a la empresa examinada que realice los ajustes necesarios a los estados financieros, antes de emitir este tipo de dictamen.


Características de Dictamen con opinión negativa:

a)     Cuando el auditor expresa una opinión adversa debe revelar en uno o varios párrafos por separado de su dictamen.
b)    Todas las razones sustantivas para dar su opinión adversa.
c)     Todos los efectos principales del asunto que es materia de su opinión adversa sobre una situación financiera, si puede determinarse debe señalarlo así en el dictamen.

Cuando se expresa una opinión adversa, el párrafo de la opinión debe incluir una referencia directa al párrafo por separado que revela el fundamento de la opinión adversa.


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