Dictamen
con opinión Negativa o Adversa
Se emite una
opinión negativa cuando el efecto del desacuerdo es tan importante y penetrante
en los estados financieros que el auditor concluye que una salvedad del tipo
"excepto por" o "sujeto a" en su dictamen no es adecuada
para revelar la naturaleza engañosa o incompleta de los estados financieros.
La opinión
negativa o adversa que implica que los estados financieros no representan en
forma razonable la realidad económica de la empresa. De manera alguna el
auditor debe reemplazar la opinión negativa por una abstención de opinión, pues
violaría la objetividad que le debe caracterizar. Sin embargo, el auditor está
obligado a sugerir a la empresa examinada que realice los ajustes necesarios a
los estados financieros, antes de emitir este tipo de dictamen.
Características
de Dictamen con opinión negativa:
a) Cuando el auditor expresa una opinión adversa
debe revelar en uno o varios párrafos por separado de su dictamen.
b) Todas las razones sustantivas para dar su
opinión adversa.
c) Todos los efectos principales del asunto que
es materia de su opinión adversa sobre una situación financiera, si puede
determinarse debe señalarlo así en el dictamen.
Cuando se expresa una opinión adversa, el
párrafo de la opinión debe incluir una referencia directa al párrafo por separado
que revela el fundamento de la opinión adversa.
No hay comentarios:
Publicar un comentario